La Corporación Autónoma Regional del Tolima, CORTOLIMA, inició formalmente una actuación administrativa relacionada con la solicitud presentada por el municipio de Piedras para adelantar actividades de prospección y exploración de aguas subterráneas en un predio donde se encuentra ubicada la Planta de Tratamiento de Agua Potable, PTAP, en la vereda Pantano.
El procedimiento fue informado oficialmente mediante un aviso emitido por la Subdirección Jurídica de CORTOLIMA, luego de que la administración municipal radicara la solicitud ante la autoridad ambiental. El trámite busca establecer las condiciones para determinar la posible existencia y características de aguas subterráneas en el área señalada.
De acuerdo con el documento oficial, la solicitud fue presentada por el municipio de Piedras, identificado con NIT 800.100.136-4 y representado legalmente por el alcalde John Alexander Pinzón Hernández, a través de la plataforma de Trámites en Línea de CORTOLIMA, bajo el radicado 44910 del 5 de agosto de 2026.
¿Qué decidió CORTOLIMA?
Mediante el acto administrativo No. 4939 del 4 de septiembre de 2026, la Subdirección Jurídica de CORTOLIMA avocó conocimiento e inició la actuación ambiental relacionada con la solicitud de permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas.
El expediente está identificado como PYE-1-44910-20260904, mientras que el trámite corresponde al permiso para realizar actividades de prospección y exploración de aguas subterráneas en el predio donde se ubica la PTAP de la vereda Pantano, en jurisdicción del municipio de Piedras.
Es importante precisar que el documento no señala que el permiso ya haya sido concedido. Lo que existe actualmente es una actuación administrativa iniciada a partir de la solicitud del municipio, dentro de la cual deberán surtirse las etapas correspondientes.
La intervención de CORTOLIMA se enmarca en sus competencias como autoridad ambiental del departamento y busca que este tipo de actividades relacionadas con el aprovechamiento y conocimiento de los recursos hídricos se desarrollen dentro del procedimiento establecido.
Se abre la posibilidad de presentar oposiciones
Uno de los aspectos más relevantes del aviso es que el proceso contempla un mecanismo de participación para las personas que consideren tener algún derecho o razón para oponerse al eventual otorgamiento del permiso.
CORTOLIMA informó que, para efectos de veeduría popular, enviará copia del aviso al Concejo Municipal y a la Personería de Piedras, así como al Procurador Judicial II Ambiental y Agrario para el Tolima.
El propósito es que el documento sea fijado en un lugar público y pueda ser conocido por la ciudadanía. De esta manera, las personas que consideren que tienen razones para oponerse al otorgamiento del permiso podrán manifestarlo dentro del trámite correspondiente.
Este componente resulta especialmente relevante porque permite que el procedimiento ambiental no se limite exclusivamente a la relación entre la administración municipal y la autoridad ambiental, sino que también contemple la posibilidad de participación de terceros que consideren que pueden verse afectados o que tengan algún derecho que hacer valer frente a la solicitud.
¿Dónde se realizaría la exploración?
Según el aviso publicado por CORTOLIMA, las actividades solicitadas se desarrollarían en el predio donde está ubicada la Planta de Tratamiento de Agua Potable de la vereda Pantano, en el municipio de Piedras, Tolima.
La solicitud está relacionada específicamente con la prospección y exploración de aguas subterráneas, actividades que hacen parte del procedimiento para determinar la existencia, características y posibilidades de aprovechamiento de este tipo de recurso hídrico.
El documento identifica expresamente el lugar de la solicitud y señala que se trata del predio donde funciona la PTAP de la vereda Pantano.
Por ahora, el aviso oficial no establece que exista un pozo autorizado, ni que se haya aprobado la extracción de agua subterránea. Tampoco entrega en el documento información sobre volúmenes de agua que eventualmente podrían ser aprovechados, profundidad de una posible perforación o resultados de estudios hidrogeológicos. Esos aspectos no están especificados en el aviso y, por lo tanto, no deben darse por establecidos.
Un trámite que todavía está en curso
La actuación ambiental comenzó oficialmente el 4 de septiembre de 2026, fecha en la que fue expedido el acto administrativo que dio inicio al proceso. El documento fue firmado digitalmente por Juan Carlos Guzmán Cortés, subdirector jurídico de CORTOLIMA.
Además, CORTOLIMA estableció que el aviso debía ser publicado por un medio radial durante tres veces consecutivas, y posteriormente debía cargarse en la plataforma de Trámites en Línea la respectiva constancia de publicación.
El cumplimiento de esta obligación es importante dentro del procedimiento, ya que el documento advierte que, de no acreditarse la publicación requerida, podría declararse el desistimiento tácito y proceder con el archivo de las diligencias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA.
En otras palabras, el proceso se encuentra sujeto al cumplimiento de las condiciones y etapas administrativas establecidas por la autoridad ambiental.
¿Qué significa para Piedras?
La solicitud adquiere importancia para el municipio porque está relacionada con la búsqueda y exploración de un recurso hídrico en inmediaciones de una infraestructura destinada al tratamiento de agua potable.
Sin embargo, el documento oficial no permite afirmar que la exploración vaya a convertirse automáticamente en una nueva fuente de abastecimiento para la población, puesto que el objeto informado corresponde al permiso de prospección y exploración y no a una autorización definitiva de aprovechamiento del recurso.
El desarrollo de las actividades dependerá de las decisiones que adopte la autoridad ambiental dentro del expediente y del cumplimiento de los requisitos correspondientes.
Por ahora, CORTOLIMA mantiene abierto el trámite y pone en conocimiento de la ciudadanía la solicitud formulada por la administración municipal.
El aviso fue dado en Ibagué el 4 de septiembre de 2026 y hace parte del expediente PYE-1-44910-20260904, identificado también como el trámite de permiso de prospección y exploración de aguas subterráneas asociado a la solicitud 44910.
Un proceso bajo vigilancia ambiental
La exploración de aguas subterráneas en el territorio implica un procedimiento que debe contar con el seguimiento de la autoridad ambiental. En este caso, CORTOLIMA es la entidad encargada de estudiar la solicitud presentada por el municipio de Piedras, mientras que las instancias municipales y la Procuraduría Ambiental y Agraria fueron vinculadas al proceso para efectos de publicidad y veeduría.
Por ahora, el siguiente paso será continuar con el trámite administrativo y permitir que las personas que consideren tener motivos para oponerse puedan ejercer ese derecho dentro del procedimiento.
La decisión final sobre el otorgamiento del permiso, según corresponda, dependerá del análisis de CORTOLIMA y de las actuaciones que se desarrollen dentro del expediente.
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